Santander 500 | SGO0242

FICHA

  • Producto Local
  • Operación Alquiler
  • Barrio Parque Chacabuco
  • Antigüedad 35 años
  • Estado Regular
  • Sup. Total 750,00 m2
  • Sup. Lote 750,00 m2

U$S 1.500

ALQUILER

Santander 500

Parque Chacabuco

Propiedad en Alquiler, ubicada en Parque Chacabuco. Esta distribuida en dos plantas Apto para deposito, logística, distribuidora Las medidas, superficies y expensas consignadas son aproximadas y no resultan vinculantes. El precio del Inmueble puede ser modificado sin previo aviso. Numero de matricula: CUCICBA 8161 / CMCPSI 6891 Corredor Público inmobiliario responsable: Solange Gomez Garcia. AVISO LEGAL: Las descripciones arquitectónicas y funcionales, valores de expensas, impuestos y servicios, fotos y medidas de este inmueble son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes y discordancias con las que surgen de los las facturas, títulos y planos legales del inmueble. Los precios indicados podrán modificarse sin previo aviso. El interesado deberá realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales las copias necesarias de la documentación que corresponda. Venta supeditada al cumplimiento por parte del propietario de los requisitos de la resolución general Nº 2371 de la AFIP (pedido de COTI).


*Las descripciones arquitectónicas, valores de expensas, impuestos o servicios, fotos y medidas de las propiedades son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes o discordancias con las que surjan de los las facturas, títulos o planos legales del inmueble. Se pondrá a disposición del interesado la documentación necesaria a fin de realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales la documentación que corresponda.
*Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666). Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.

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